lunes, 30 de enero de 2017

Duberli Rodríguez denuncias por secuestro a ronderos es una persecución

Ronderos pueden administrar justicia porque tienen funciones de jueces
El actual presidente del poder judicial Duberli Rodríguez quien no pudo llegar a participar de manera personal al XII congreso regional de rondas campesinas de Cajamarca, realizado el 27 y 28 del presente mes, mediante un enlace telefónico se hizo presente ante el público y cuestionó duramente a jueces y fiscales, por las constantes denuncias y procesos contra ronderos por ejercicio de sus funciones jurisdiccionales dentro de sus territorios.
Jueces y fiscales del Perú deben agradecer esas cosas que hacen las rondas campesinas, porque permitirá menos carga procesal, porque si todos los casos que tienen la justicia campesina llegarán a la justicia ordinaria sería una cosa inmanejable, por eso Jueces y fiscales deben estar agradecidos de los ronderos porque ahorran tiempo y trabajo sin cobrar ni un solo centavo refiere el magistrado. La justicia indígena, la justicia campesina, la justicia ronderil, la justicia de los pueblos originarios del Perú, que no tienen por qué enfrentar como ha ocurrido años a atrás.
Por eso que yo cuando estuve en el congreso de la república el en el 1985-1986 respetábamos el proyecto de ley de reconocimiento de las rondas campesinas, esa fue el primer esfuerzo que se hizo para el reconocimiento de estas organizaciones democráticas y autónomas, que surgieron en las estancias de Cuyumalca Chota.
¿Que significa funciones jurisdiccionales? que tienen funciones de jueces, y es para función de jueces vía interpretación extensiva y en aplicación del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, la corte suprema de justicia de la república que tengo el honor de presidir ahora, en el año 2009 en el acuerdo plenario 101-2009 sobre derecho penal y rondas campesinas establecido como criterio jurisprudencial y doctrinario que las rondas campesinas también tenían funciones jurisdiccionales y podían administrar justicia al margen de la justicia estatal.
Jurídicamente también los jueces están entendiendo que no podemos defender la teoría del monismo jurídico, vale decir que hay un solo derecho el derecho del estado, sino que hay pluralismo jurídico que hay varios derechos, que consiste encontrando en sus pueblos indígenas los pueblos campesinos tienen derecho a tener su propio derecho,   a resolver y administrar justicia en base a sus costumbres y a sus normas que se viene heredando por siglos de manera oral de manera escrita, porque no tienen códigos ni código penal, si no que administran justicia de manera creadora la justicia restaurativa que tienen como objetivo principal restaurar el daño causado y regenerar la armonía en la comunidad resquebrajada por la comisión  de una conducta irregular.
Todo esto ya lo estamos entendiendo los jueces del Perú, como en un momento hablábamos de la interculturalidad y empieza por la interlegalidad vale decir que hay una legalidad estatal y hay una legalidad de justicia colonial, entonces ese tema ya lo hemos abordado estamos tratando de que cada vez nos entendamos más la justicia ordinaria y la justicia especial.
A las rondas campesinas las considero una reserva moral del país ahora que estamos entrando a discusión, si es que los ronderos sigue unidos se harán respetar, hablaran con voz propia no tendrán que esperar que alguien hable por ellos sino que podrán andar con la frente en alto porque se harán respetar como organización.
Ojalá que este congreso termine de manera positiva y que tengan acuerdos favorables para abordar el compañerismo de estas organizaciones que son la garantía para acabar con la delincuencia del campo.

Finalmente reconoció el trabajo de las rondas campesinas, señalando que la inseguridad ciudadana ahora solo existe en la ciudad y ya no en el campo, porque allí la han eliminado las rondas puntualizó.

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