Duberli Rodríguez denuncias por secuestro a
ronderos es una persecución
Ronderos pueden administrar justicia porque tienen
funciones de jueces
El actual presidente del poder judicial Duberli
Rodríguez quien no pudo llegar a participar de manera
personal al XII congreso regional de rondas campesinas de Cajamarca, realizado
el 27 y 28 del presente mes, mediante un enlace telefónico se hizo presente
ante el público y cuestionó duramente a jueces y fiscales, por las constantes
denuncias y procesos contra ronderos por ejercicio de sus funciones
jurisdiccionales dentro de sus territorios.
Jueces y fiscales del Perú deben agradecer esas
cosas que hacen las rondas campesinas, porque permitirá menos carga procesal,
porque si todos los casos que tienen la justicia campesina llegarán a la justicia
ordinaria sería una cosa inmanejable, por eso Jueces y fiscales deben estar
agradecidos de los ronderos porque ahorran tiempo y trabajo sin cobrar ni un
solo centavo refiere el magistrado. La justicia indígena, la justicia
campesina, la justicia ronderil, la justicia de los pueblos originarios del
Perú, que no tienen por qué enfrentar como ha ocurrido años a atrás.
Por eso que yo cuando estuve en el congreso de la
república el en el 1985-1986 respetábamos el proyecto de ley de reconocimiento
de las rondas campesinas, esa fue el primer esfuerzo que se hizo para el
reconocimiento de estas organizaciones democráticas y autónomas, que surgieron
en las estancias de Cuyumalca Chota.
¿Que significa funciones jurisdiccionales? que tienen funciones de jueces, y es para función de jueces vía
interpretación extensiva y en aplicación del convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo OIT, la corte suprema de justicia de la república que
tengo el honor de presidir ahora, en el año 2009 en el acuerdo plenario
101-2009 sobre derecho penal y rondas campesinas establecido como criterio
jurisprudencial y doctrinario que las rondas campesinas también tenían
funciones jurisdiccionales y podían administrar justicia al margen de la
justicia estatal.
Jurídicamente también los jueces están entendiendo
que no podemos defender la teoría del monismo jurídico, vale decir que hay un
solo derecho el derecho del estado, sino que hay pluralismo jurídico que hay
varios derechos, que consiste encontrando en sus pueblos indígenas los pueblos
campesinos tienen derecho a tener su propio derecho, a resolver y
administrar justicia en base a sus costumbres y a sus normas que se viene
heredando por siglos de manera oral de manera escrita, porque no tienen códigos
ni código penal, si no que administran justicia de manera creadora la justicia
restaurativa que tienen como objetivo principal restaurar el daño causado y
regenerar la armonía en la comunidad resquebrajada por la comisión de una
conducta irregular.
Todo esto ya lo estamos entendiendo los jueces del
Perú, como en un momento hablábamos de la interculturalidad y empieza por la
interlegalidad vale decir que hay una legalidad estatal y hay una legalidad de
justicia colonial, entonces ese tema ya lo hemos abordado estamos tratando de
que cada vez nos entendamos más la justicia ordinaria y la justicia especial.
A las rondas campesinas las considero una reserva
moral del país ahora que estamos entrando a discusión, si es que los ronderos
sigue unidos se harán respetar, hablaran con voz propia no tendrán que esperar
que alguien hable por ellos sino que podrán andar con la frente en alto porque
se harán respetar como organización.
Ojalá que este congreso termine de manera positiva
y que tengan acuerdos favorables para abordar el compañerismo de estas organizaciones
que son la garantía para acabar con la delincuencia del campo.
Finalmente reconoció el trabajo de las rondas
campesinas, señalando que la inseguridad ciudadana ahora solo existe en la
ciudad y ya no en el campo, porque allí la han eliminado las rondas puntualizó.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario