“Si hubo conducta
fraudulenta para obtener sentencia favorable, esta puede anularse”
El
abogado y ex procurador anticorrupción, Luis Vargas Valdivia, precisó
que la sentencia del caso Madre Mía puede ser anulada.
Seguro.
Vargas Valdivia afirma que sí se puede reabrir el caso con un buen trabajo
fiscal..
Escribe:
Luis
Vargas Valdivia precisó que la sentencia del caso Madre Mía puede ser anulada si se logra establecer que
hubo conducta fraudulenta que llevó a error, mediante engaño, a los
magistrados que la dictaron. También señaló que el plazo para acreditarlo no
rige en delitos de lesa humanidad o de especial gravedad.
¿Cómo se
puede rebatir la cosa juzgada?
La cosa
juzgada tiene excepciones y la principal es lo que se denomina cosa juzgada
fraudulenta. Esto es, si con posterioridad a la sentencia, sea de primera
instancia o de la corte suprema, se logra establecer que ha habido una conducta
fraudulenta que llevó a error mediante engaño a los magistrados que dictaron
esa sentencia, esta puede ser declarada nula y reiniciarse el proceso.
¿Y en el
caso Madre Mía?
Si se
acredita que hubo una maniobra tendiente a pagar a los testigos para que estos
mintieran ante el tribunal, eso también es una conducta fraudulenta y podría
dar lugar a que se pida la nulidad por cosa juzgada fraudulenta. Esto lo
tendría que hacer la fiscalía. En cuanto al plazo para hacerlo, unos sostienen
que se debe aplicar el plazo que establece el código procesal civil, esto es,
seis meses. Otros sostienen que este plazo no rige en delitos de lesa humanidad o de especial gravedad. Yo
tiendo a inclinarme por esto último.
¿Qué
prueban los audios?
Prueban
que habría existido una conversación. Primero hay que identificar a las
personas involucradas en esa conversación, no hay que olvidar que esta es una
prueba instrumental. Luego, citar a estos presuntos participantes en la
conversación para que reconozcan si es su voz y si intervinieron o no. En caso
de que lo reconocieran entonces el documento probaría la existencia de la
conversación y del contenido de la misma. Y si ellos negaran su participación
en esta conversación, lo que cabría ahí es practicar una pericia para
determinar si la voz de los presuntos participantes corresponde a las que
aparecen en la grabación.
¿Tiene
valor la declaración de Jorge Ávila al confirmar el pago de 4,500 dólares para
cambiar su versión?
Esta
declaración hay que tomarla con reserva y cuidado porque es un testigo que
reconoce que mintió y en tal sentido cometió delito de perjurio. Verificar si,
a través de esa declaración, los hechos conexos, sí hubo realmente pago, qué
hizo con el dinero. Esto, para tratar de acreditar que hubo esa maniobra
fraudulenta y sustentar el pedido de nulidad de sentencia. Si se logra reabrir
el caso, el fiscal tendría que preocuparse de buscar otras declaraciones u
otros medios probatorios.
¿Borrar
la prueba del delito es determinante?
Esto
también podría ser tomado, en caso de que fuera cierto, como antecedente de una
conducta tendiente a entorpecer la actividad probatoria; porque uno de los
supuestos para restringir la libertad de los imputados es que haya elementos
que indiquen que va fugar o que entorpezcan la justicia.
Entonces,
el tema de la cosa juzgada fraudulenta puede servir para reabrir el caso.
Sí. Recordemos que la Sala Penal
declaró la nulidad de la sentencia al Grupo Colina –un proceso amañado que
llevaron el expresidente Fujimori y Vladimiro Montesinos– y se
reabrió el caso. Los familiares de las víctimas tienen derecho de acceder a la
verdad. Hubo una conducta fraudulenta, por tanto la sentencia no debe quedar
firme. Pero hay que acreditar si hubo conducta fraudulenta por parte del
procesado, que en ese momento era el expresidente Ollanta Humala.
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